Agencias.- De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, tanto personas empleadoras como personas trabajadoras deberán determinar el número de trabajadoras y trabajadores que deban prestar sus servicios el día feriado.
Las personas trabajadoras que deban presentarse a laborar de manera habitual tendrán derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple.
Así mismo, si un día de descanso obligatorio cae en domingo, la persona empleadora deberá cubrirle a la persona trabajadora el pago de la prima dominical señalado en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.
Por lo tanto, las personas trabajadoras recibirán el triple del salario, por laborar en día de descanso obligatorio, más la prima dominical.
En caso de tener algún problema se puede reportar ante Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) a los números telefónicos 01800 911 7877 y 01 800 717 2942.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio para este año 2024?
De acuerdo a lo establecido en la Ley Federal de Trabajo, las fechas de descanso obligatorio para las personas trabajadoras en 2024 son:
- Lunes 1 de enero por Año Nuevo
- Lunes 5 de febrero por el aniversario de la Constitución
- Lunes 18 de marzo por el natalicio de Benito Juárez
- Miércoles 1 de mayo por el Día del Trabajo
- Domingo 2 de junio por la Jornada Electoral
- Lunes 16 de septiembre por el aniversario de la Independencia
- Martes 1 de octubre por la transición del Poder Ejecutivo
- Lunes 18 de noviembre en conmemoración de la Revolución
- Miércoles 25 de diciembre por Navidad.